31 Jan
31Jan

Conjunto de reglamentos jurídicos basados en los principios de la justicia que se ocupa de dirigir las relaciones personales o patrimoniales, personas naturales o jurídicas, de forma privada o pública. Tiene como objetivo resguardar los intereses de las personas en materia patrimonial.

Está contemplado de la siguiente manera:

  • Se refiere al derecho de las personas con reglamentos desde el nacimiento hasta la muerte de las personas naturales, la capacidad jurídica y las características de la personalidad, es decir los aspectos que establecen la situación de las personas en el ámbito jurídico con su entorno, como por ejemplo el estado civil, la nacionalidad, los derechos de la personalidad y el domicilio.
  • Señala el derecho de los bienes o de objetos tales como los títulos de propiedades casa o apartamentos, como adquirirla y la posesión de esos bienes.
  • Contempla el derecho familiar que rige las consecuencias jurídicas de los vínculos de familia originados del matrimonio y la relación.

Es el creador del código civil, el cual no es más que un compendio de normas que regulan las relaciones naturales o jurídicas entre personas, el estado y el sector privado. Entre las funciones más comunes y conocidas están los contratos del tipo «Intuite Personae» («en función de la persona» o «respecto a la persona» o «en atención a la persona», atendiendo a las cualidades de la persona, elegirlo por sus características) sin el «Imperium» del estado, como el matrimonio y el divorcio, Detalles de la personalidad de la sociedad como el estado civil, nacionalidad, el domicilio, son también potestad del derecho civil en cualquier región en el que se aplique.

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